Jueza federal de Nueva York considera que la suspensión de trámite de visas de residencia impuesta a ciudadanos de 75 países, incluyendo a Guatemala, es una extralimitación de la Casa Blanca, que impuso tal moratoria en enero 2026.
Una jueza federal de Nueva York anuló la política de la administración de Donald Trump que había suspendido la emisión y procesamiento de visas de inmigrante para ciudadanos de 75 países, al considerar que la medida violaba la legislación migratoria de Estados Unidos y discriminaba a los solicitantes exclusivamente por su nacionalidad.
La decisión fue emitida el viernes 21 de agosto por la jueza de distrito Jeannette A. Vargas, quien determinó que la política impulsada por el secretario de Estado, Marco Rubio, era “contraria a la ley” y excedía la autoridad que le concede la legislación federal.
La prohibición fue anunciada y puesta en vigencia en enero de 2026 y afectaba a ciudadanos de países como Afganistán, Brasil, Yemen, Irán, Rusia, Somalia y también a Guatemala, entre otros. El Departamento de Estado justificó la suspensión señalando que, según estimaciones de la administración Trump, una proporción importante de los inmigrantes procedentes de esos países “podría recurrir a beneficios públicos después de llegar a Estados Unidos”.
La nacionalidad no puede determinar por sí sola una solicitud
En su resolución, Vargas señaló que la Ley de Inmigración y Nacionalidad de 1952 establece procedimientos específicos para determinar si una persona reúne los requisitos para solicitar y obtener una visa de inmigrante.
La jueza consideró que la política de la administración Trump eliminaba ese análisis individual al impedir que determinados solicitantes recibieran una visa únicamente por pertenecer, prejuiciosamente, a una de las nacionalidades incluidas en la suspensión.
La resolución también cuestionó que el Departamento de Estado hubiera ordenado a los consulados rechazar solicitudes incluso cuando los funcionarios consulares habían determinado individualmente que los solicitantes podían mantenerse económicamente en Estados Unidos. Es decir, que no requerían de ninguna asistencia gubernamental, pero aún así se les negaría la posibilidad del trámite.
“En muchos sentidos, este no es un caso difícil”, escribió Vargas, al sostener que la legislación federal no permite establecer una prohibición de visas basada exclusivamente en la nacionalidad.
La jueza también indicó que el Congreso es quien otorgó a los funcionarios consulares la autoridad y discreción para evaluar cada solicitud de visa con base en los criterios establecidos por la ley.
La decisión permite volver a revisar casos denegados bajo dicha suspensión
La resolución no solo anuló la política, sino que dejó sin efecto las negativas de visas que hubieran sido emitidas exclusivamente con fundamento en esa medida.
La demanda fue presentada por organizaciones que brindan servicios legales de inmigración y por 11 personas afectadas. Entre los demandantes había seis ciudadanos estadounidenses que habían presentado peticiones migratorias para familiares y cinco personas que se encontraban fuera de Estados Unidos y habían iniciado procesos migratorios basados en empleo.
Los abogados de los demandantes señalaron que la decisión permitirá que sus clientes continúen sus procesos migratorios mediante una evaluación individual.
Anna Gallagher, directora ejecutiva de Catholic Legal Immigration Network, Inc. (CLINIC), una de las organizaciones demandantes, afirmó que la suspensión había separado a familias que estaban siguiendo los procedimientos legales para emigrar. “En el fondo, este caso trata de mantener unidas a las familias”, señaló Gallagher en una declaración.
Otra de las organizaciones demandantes, African Communities Together, calificó el fallo como una victoria para el Estado de derecho. Su subdirectora ejecutiva de políticas y defensa, Diana Konate, afirmó que la suspensión había mantenido separadas a familias y seres queridos.
Una política migratoria restrictiva
La decisión judicial representa un nuevo revés para la política migratoria de la administración Trump, que durante 2026 ha impulsado diversas medidas para restringir tanto la inmigración legal como la irregular.
El Departamento de Estado defendió la política y señaló que el gobierno busca proteger a los estadounidenses mediante estándares estrictos de revisión y evaluación de los solicitantes de visa. La dependencia indicó que no comentaría sobre litigios en curso.
Cuando anunció la suspensión de visas, el Departamento de Estado sostuvo que la medida permanecería vigente hasta que Estados Unidos pudiera garantizar que los nuevos inmigrantes no representaran una carga para los recursos públicos.
La administración se basó, entre otros elementos, en datos del Consejo de Asesores Económicos para argumentar que más de 30 por ciento de los hogares con inmigrantes procedentes de los países incluidos en la suspensión recibían algún tipo de asistencia pública.
La política también contemplaba una revisión más estricta de los solicitantes de visas que no son de inmigrante, con instrucciones a embajadas y consulados para evaluar si podrían recurrir a beneficios públicos.
Un nuevo límite judicial a las medidas migratorias
El fallo se suma a otras decisiones judiciales que han limitado iniciativas migratorias impulsadas por Trump.
En junio, otro juez federal anuló una política que dificultaba el ingreso y permanencia en Estados Unidos para inmigrantes de numerosos países y que tenía repercusiones en procesos relacionados con asilo, permisos de trabajo, residencia permanente y solicitudes de ciudadanía.
La decisión sobre las visas de los 75 países establece ahora que la administración federal no puede sustituir el análisis individual previsto por la ley con una prohibición general basada en la nacionalidad de los solicitantes.
Para las familias afectadas, el fallo abre nuevamente la posibilidad de avanzar en sus procesos migratorios mediante la evaluación de cada caso conforme a los requisitos establecidos por la legislación estadounidense.













