Migrantes en situación irregular que tienen hijos en EE.UU., deben considerar una carta poder para que un familiar o persona de confianza que sea residente legal pueda tener la custodia de sus hijos, aconseja el experto migratorio Fernando Castro.
Por Fernando Castro, experto migratorio guatemalteco
Ante la falta de información de orientación a población migrante guatemalteca viviendo en Estados Unidos sin un documento legal de residencia, comparto la siguiente sugerencia. Como una aporte a la comunidad, para realizar una acción en posible resguardo de sus hijos menores de edad, evitando queden en el desamparo, en caso de una detención y deportación de sus padres.
Es necesario contar con el Poder legal, para declarar la Patria Potestad. El modelo de esta carta debería estar disponible en las páginas web de los consulados. También se puede enviar en forma masiva por correo electrónico registrados de sus connacionales, entregar a las personas que asisten para realizar trámites en la sede y publicitar en los países de origen para que familiares compartan la información.
El Poder Legal para delegar la Patria Potestad de hijos menores de inmigrantes, también conocida como Carta de Poder, es un documento que autoriza en forma temporal a otra persona que sea residente legal o ciudadano americano, a tomar decisiones para beneficio de los hijos menores de edad, en caso sean capturados sus padres y deportados a su país de origen.
No debe dejarse a los menores a cargo de otra persona que esté en situación irregular o ilegal, pues no se encuentra libre del riesgo de ser deportada y en tal caso quedarían desprotegidos los menores.
La persona elegida debe ser de confianza de los padres y tener una residencia legal. Esta persona asume los deberes y obligaciones importantes sobre el cuidado de los menores y tomará las decisiones relevantes en acuerdo con los padres, aunque estos estén a distancia.
Esta persona designada para el cuidado de los menores, puede ser un pariente o un amigo de la familia, reiterando que sea residente o ciudadano americano, que estará dispuesto a continuar con el cuidado y crianza de los menores de los que se hace responsable de su cuidado, durante el tiempo que estén separados de sus padres.
Delegado o delegada debe ser residente legal
No elija para este cuidado de sus hijos a una persona en situación irregular, pues también está expuesta a ser capturada y en ese caso los menores también quedarán desamparados y a merced de que las autoridades de Servicios de Seguridad de Menores DCS, los recojan y se los lleven.
Debo advertir que el poder legal, no es un mandato judicial, y solo tiene una duración de hasta 6 meses, por lo que se debe renovar dos veces al año para que esté vigente.
Con este poder legal para la delegación de la patria potestad de los menores migrantes, cuyos padres han sido capturados y deportados, se permite mantener menores de otra persona en el hogar en forma legal.
Existen casos que con poder legal otorgado, a veces no aceptan al menor para poder inscribirlo en otra escuela y a veces no es aceptado el menor para tratamiento médico, ni de emergencia, en un hospital.
Esas funciones generalmente, requieren que la persona tenga el estado de guardián/tutor legal de los menores.
Pasos de una decisión que no es fácil
Los Pasos Para Completar el Poder Legal Para Delegación de la Patria Potestad, son los siguientes:
1. Debe llenar el formulario correspondiente que constituye un poder legal para delegación de la patria potestad de los menores a la persona preferiblemente residente o ciudadano americano. El formulario es válido en cada uno de los condados de los Estados Unidos.
2. Debe tener 3 formularios originales del poder legal para delegar la patria potestad de los menores, debiendo ser llevado ante un notario público, acompañado por una persona que pueda servir como testigo del acto.
A veces los notarios buscan ser identificados con foto. Los notarios indicarán el costo de este servicio pero los padres también pueden solicitar el apoyo en organizaciones pro migrantes para que les asesoren e incluso les apoyen para que salga más barato.
3. Tanto el encargado como el testigo, deben firmar los formularios del poder notarial en presencia del notario, realizando la certificación.
4. Ya con la firma del notario, debe tenerlo junto con los otros documentos necesarios de su Plan Familiar guardado en un lugar de la casa y en el que pueda ser localizado por cualquier miembro de la familia.
5. Es recomendable tener otro expediente de todos los documentos en otro lugar, pudiendo ser en casa de un familiar o persona de confianza.
6. Recomiendo que también puede entregar un expediente completo de la documentación del poder legal a quien fue escogido para realizar el cuidado de los menores en caso de captura y deportación de los padres.
Si un migrante en situación irregular es capturado por agentes de ICE, tiene el derecho de realizar una llamada telefónica a quien esté a cargo de sus hijos para que conozca de la situación y avise a la familia y que consigan un abogado migratorio que le asista.
De no realizar un documento que proteja a sus hijos menores, es posible que las autoridades realizarán llamada telefónica para que personal de Servicios de Seguridad de Menores DCS se hagan cargo de ellos.
En todo caso se recomienda buscar ayuda de instituciones de ayuda a migrantes.