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Cuando viajamos a visitar a familiares en EE.UU. o si un migrante regresa a vivir una vacaciones en el país, siempre hay surge, a veces de última hora, esta pregunta: ¿Qué puedo y qué no puedo llevar en mi maleta de mano?

 ¿Qué se puede llevar a bordo en cabina en el equipaje de mano? Primero hay que definir lo que se considera como equipaje de mano: suele ser una maleta pequeña que, según la aerolínea puede tener unas medidas aproximadas de 55 x 35 x 25 centímetros; bolsos, mochilas o bultos de 40x30x15 centímetros.

Ninguna debe pesar más de 25 libras. Algunas aerolíneas son más estrictas que otras respecto de medidas y pesas, por lo cual se debe verificar dimensiones y peso permitidos para evitar malos momentos al momento de abordar. 

Hay diversos artículos que sí se pueden llevar. Pero también hay otros que NO, bajo ningún motivo. En esta lista te vamos a explicar cuáles son los que sí podemos y los que debemos mandar en el equipaje de mano.
 
 
¿Qué artículos puedo llevar en mi equipaje de mano? Esta es la lista  – SoyMigrante.com – SoyMigrante.com

LO QUE SÍ SE PUEDE LLEVAR

Artefactos frágiles

Antigüedades, obras de arte, libros, fotografías, documentos, títulos valores, vajillas, cerámicas. 

Electrónicos

Computadoras, electrodomésticos, equipo fotográfico, equipo médico, celulares, dispositivos de almacenamiento de datos (como MP3, memorias USB, discos externos, entre otros), tabletas digitales, consolas de videojuegos, agendas digitales y cualquier otro equipo electrónico incluyendo software o componentes, televisores, radios o elementos similares. Podrás llevar hasta 15 artículos electrónicos. 

Los cigarrillos electrónicos, baterías de litio sueltas y cargadores portátiles externos (power bank) siempre deben ir en el equipaje de mano, está prohibido llevarlos en el equipaje de bodega.

El equipaje inteligente (Smart Bags) dotado de baterías de litio extraíbles no debe superar los 0,3 gr y 2,7 Wh (Si la batería es integrada, este equipaje deberá ser transportado como equipaje de bodega).

Pilas de combustible para accionar dispositivos electrónicos portátiles (ejemplo: cámaras, teléfonos móviles).

Objetos de valor

Joyas, artículos de piel, dinero (en una cantidad que si es mayor a US$10 mil, se debe declarar)  

Artículos personales

Productos perecederos, medicinas, artículos para el cuidado de bebés, muestras, artículos para uso comercial, artículos únicos e irremplazables. Un equipo de peluquería que contengan gas hidrocarburo dentro de un cobertor (no será posible su uso a bordo).

Cuando compres en los almacenes libres de impuestos (In Bond – Duty Free), en los aeropuertos, los productos deben ser llevados en empaque sellado, estar a prueba de manipulación indebida y demostrar que se compró en las tiendas mencionadas. Si tu itinerario incluye vuelos en conexión, realiza tus compras de Duty Free en el último aeropuerto de salida. 

Líquidos

Líquidos, aerosoles y geles deben ir en cantidades inferiores a 100 ml o 3.4 oz para  poder ser llevados en el equipaje de mano.  Usualmente NO se permite llevar productos que contengan alcohol y nunca se permite ningún tipo de líquido inflamable. Total, no necesitas eso durante un vuelo.

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LO QUE NUNCA SE PUEDE LLEVAR

No armas

Pistolas, revólveres, rifles, escopetas, etc., incluidas las de juguete, reproducciones o de imitación, que puedan confundirse con armas reales.
Piezas procedentes de armas de fuego (excepto visores y miras telescópicas).
Armas de aire comprimido o de gas carbónico, tales como pistolas, escopetas de perdigones, rifles y pistolas de balines.
Pistolas, lanza-bengalas y pistolas “estárter” o de señalización.
Ballestas, arcos y flechas.
Hondas y tirachinas.
Arpones y fusiles de pesca.

No dispositivos de descarga ni gases o aerosoles

Pistolas para aturdir.
Pistolas eléctricas tipo “Taser”.
Bastones para aturdir (incluidos los de animales y pistolas de matarife).
Macis.
Rociadores de sustancias picantes.
Aerosoles de pimienta.
Gases lacrimógenos.
Rociadores de ácido.
Aerosoles repelentes de animales.

No objetos cortantes

Hachas, hachuelas, hendiduras y machetes.
Crampones, arpones y jabalinas.
Piquetas, picos para hielo y patines de hielo.
Navajas automáticas, de resorte y cuchillos con hoja de longitud superior a 6 cm, de metal o cualquier material resistente que permita su uso como arma.
Cuchillas y navajas de afeitar abiertas (excepto navajas de afeitar de seguridad o desechables, cuyas cuchillas estén encapsuladas).
Sables, espadas y bastones espada.
Cúteres.
Bisturíes.
Tijeras cuyas hojas superen los 6 cm de longitud a partir del eje.
Equipos de artes marciales, punzantes o cortantes, estrellas arrojadizas.

Ninguna sustancia química (excepto medicinas)

Ácidos y álcalis (por ejemplo, baterías húmedas que puedan sufrir derrame).
Sustancias corrosivas o blanqueadoras (mercurio, cloro, etc.).
Sustancias comburentes y peróxidos orgánicos.
Gases: butano, propano, etc.
Material radiactivo (por ejemplo, isótopos para uso médico o comercial).
Venenos.
Materiales infecciosos o que entrañen un riesgo biológico (por ejemplo, sangre infectada, bacterias y virus).
Aparatos extintores. 

Nunca sustancias explosivas e inflamables

Municiones.
Fulminantes.
Detonadores y espoletas.
Explosivos y dispositivos explosivos.
Reproducciones o imitaciones de explosivos y dispositivos de explosivos.
Minas, granadas y otras cargas explosivas de uso militar.
Gas y bombonas de gas (butano, propano, acetileno, oxígeno, etc.) en gran volumen.
Materiales con capacidad de inflamación o combustión espontánea.
Fuegos de artificio, bengalas de todo tipo y otros artículos de pirotecnia (lo cual incluye petardos y fulminantes de juguete). 
Fósforos (excepto los de seguridad).
Botes de humo y cartuchos generadores de humo.
Combustibles líquidos inflamables (gasolina, gasoil, combustible para encendedores, alcohol, etanol, etc.).
Nebulizadores de pintura Aguarrás y disolventes de pintura.
Bebidas alcohólicas cuya graduación alcohólica volumétrica supere el 70 % (140% proof).
Sólidos inflamables y sustancias que, en contacto con el agua, desprenden gases inflamables.